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Procedimiento y plazo establecidos para optar por el "Sistema de evaluación mediante sólo prueba final"

 

 

En virtud de lo establecido en la normativa de exámenes de la UPM, en la convocatoria ordinaria, la elección entre el sistema de evaluación continua o el sistema de evaluación mediante sólo prueba final corresponde al estudiante. Esto es aplicable a todos los títulos de Grado y Máster Universitario de la Escuela.

Artículo 20. Elección por parte del alumno del sistema de evaluación.

1. En la convocatoria ordinaria de cada asignatura, la elección entre el sistema de evaluación continua o el sistema de evaluación mediante sólo prueba final corresponde al estudiante.

2. El sistema de evaluación continua será el que se aplique en general a todos los estudiantes de cada asignatura. El alumno que desee seguir el sistema de evaluación mediante sólo prueba final, deberá comunicarlo por escrito al coordinador de la asignatura o, por delegación de este, a los profesores de la misma mediante el procedimiento, y en el plazo, que se fijen en la Guía de Aprendizaje de la asignatura o, si la Guía de Aprendizaje no lo fijase, según lo que determine la Jefatura de Estudios del Centro responsable de la titulación. En todo caso, el plazo que se fije para que alumno pueda realizar esta opción deberá ser, al menos, de dos semanas a contar desde el inicio de la actividad docente de la asignatura.

Para dar cumplimiento al punto anterior, la Jefatura de Estudios de la ETSIINF ha establecido el siguiente procedimiento:

Para las asignaturas que no fijen el procedimiento en las guias docentes, los alumnos que deseen optar por el "Sistema de evaluación mediante sólo prueba final" , deberán comunicarlo DURANTE LOS 15 PRIMEROS DÍAS NATURALES a contar desde el inicio de la actividad docente de la asignatura, mediante escrito dirigido al coordinador de la asignatura.

Modelo de solicitud:


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D./Dña. _____________________________________________________

DNI __________

nº de matrícula __________


SOLICITA:

Ser evaluado en este semestre mediante el "Sistema de evaluación mediante sólo prueba final":


-  Asignatura _________________

-  Titulación(*) __________________________________ curso(*) ________

-  Coordinador de la asignatura(*) _______________________________________

-  Departamento(*) __________________________________________________

-  Fecha:_____________________

-  Firma:

 

(*) Esta información aparece en la guia de aprendizaje de la asignatura publicada en la página web del centro

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Esta solicitud sólo se considerará a los efectos del semestre en curso. En posteriores semestres deberá necesariamente ser cursada de nuevo.

No obstante lo anterior, cuando exista causa sobrevenida y de fuerza mayor que justifique el cambio del proceso de evaluación, el estudiante que haya optado (por omisión) por el sistema de evaluación continua podrá solicitar al Tribunal de la Asignatura ser admitido en los exámenes y actividades de evaluación que configuran el sistema de evaluación mediante sólo prueba final. El tribunal de la asignatura, una vez analizadas las circunstancias que se hagan constar en la solicitud, dará respuesta al estudiante con la mayor antelación a la celebración del examen final que sea posible.

Las Guías de aprendizaje de las asignaturas describen en que consiste en cada caso este sistema de evaluación y las normas específicas que le son aplicables.

Las actividades de evaluación y exámenes asociados a este sistema de evaluación "mediante sólo examen final" se realizarán en la fecha y horario reservados para la asignatura en los periodos ordinarios de examen de enero y junio (última semana de cada periodo, ver fechas concretas en el Plan Semestral Docente). Adicionalmente, y con carácter excepcional, también se podrá exigir la asistencia del estudiante a aquellas actividades de evaluación que estando distribuidas a lo largo del curso estén relacionadas con la evaluación de resultados de aprendizaje de difícil calificación en una prueba final (realización de prácticas, asistencia a laboratorios, etc.).

 

AVISO: Los solapes que puedan producirse en las pruebas de evaluación continua de asignaturas separadas entre sí por más de un semestre no es algo que tenga por qué resolverse necesariamente ni desde la coordinación de la asignatura, ni desde la Dirección del Departamento al que está adscrita, ni desde la propia Jefatura de Estudios. La coordinación entre asignaturas se realiza en un mismo semestre y en un mismo curso, y en estos casos se asegura que no ocurrirán estos solapes. En el resto de casos, es el alumno quien debe asegurarse al matricularse de que dispone de horarios compatibles para seguir el sistema de evaluación continua planificado por ambas asignaturas, ya que la mayoría de las actividades y pruebas de evaluación se realizan en horario de clase, o bien en la franja de actividades de evaluación, cuya ubicación también es conocida por el alumno cuando se matricula.

 

 
La forma de resolver posibles problemas de solapes entre actividades de evaluación, que se produzcan en asignaturas con horarios solapados y pertenecientes a diferentes semestres y/o cursos, es escoger la opción de "evaluación mediante sólo prueba final" en una de las asignaturas afectadas, en previsión de que puedan surgir estos inconvenientes.