Ir al contenido

Inicio
ETSIINF en Twitter ETSIINF en Facebook
Inicio > Programas en extinción > Postgrado y Doctorado en extinción > Doctorado en extinción > Resumen normativa

Resumen de la normativa general sobre doctorado (R.D. 778/1998 de 30 de abril, B.O.E. 1 de Mayo) 

Los estudios de doctorado son estudios de 3ºCiclo que conducen al Título de Doctor. Tienen acceso a él todos los titulados nacionales con una titulación de 2ºCiclo, es decir, de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero.

Los estudios se estructuran en cursos de doctorado bajo un Programa de Doctorado, generalmente dependiente de un Departamento. Tras la superación de los cursos, el doctorando debe elaborar una Tesis Doctoral y defenderla ante un tribunal.

Programas de Doctorado

Tendrán una duración mínima de 2 años y habrán de cursarse al menos 32 créditos en dos periodos: Docencia (20 créditos), Investigación (12 créditos).

El periodo de docencia constará de un mínimo de 20 créditos, de los cuales 15 como mínimo deberán ser del Programa y, previa autorización, 5 como máximo de fuera del Programa.

La superación de estos créditos dará derecho a la obtención de un CERTIFICADO homologable en todas las Universidades españolas.

El periodo de investigación constará de un mínimo de 12 créditos en trabajos de investigación tutelados. Para poder cursar este periodo de investigación es necesario haber aprobado los 20 créditos del periodo de docencia.

Suficiencia investigadora: una vez superados los dos periodos anteriores, el doctorando hará una exposición pública ante un Tribunal, en la que se valorarán los cursos, seminarios y periodo de investigación realizados.

La superación de esta valoración garantizará la Suficiencia Investigadora y permitirá la obtención de un CERTIFICADO-DIPLOMA, homologable en todas las Universidades españolas.

El Tribunal, propuesto por el Departamento y aprobado por la Comisión de Doctorado de la U.P.M., estará formado por tres miembros, uno de los cuales será ajeno al Departamento. El Presidente del mismo será un Catedrático de Universidad.

La Tesis Doctoral

Para obtener el título de Doctor, y tras la obtención del Certificado-Diploma de suficiencia investigadora, se debe presentar y obtener la aprobación de la correspondiente Tesis Doctoral.

El Título de Doctor

El Título de Doctor incluirá la mención "Doctor por la Universidad Politécnica de Madrid".

El Título podrá incluir la mención "Doctor Europeo" si el doctorando así lo ha solicitado y concurren las condiciones necesarias para ello.

También figurarán la denominación del previo Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, Universidad, lugar y fecha de expedición del mismo, así como la denominación del programa de doctorado y el Departamento responsable.

Título de Doctor Europeo

Es una mención especial del Título de Doctor que se podrá incluir en el título mismo cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  1.  
    1. Que durante la etapa de formación en el Programa el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior de otro Estado europeo cursando estudios o realizando trabajos de investigación que le hayan sido reconocidos en el Programa.
    2. Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y presentado en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea distinta a alguna de las lenguas oficiales en España.
    3. Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España.
    4. Que, al menos, un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o instituto de investigación de un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España, con el grado de doctor, y distinto de los mencionados en el párrafo anterior, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.